Este día exhorté a la Junta de Coordinación Política del Senado de la República a fin de que esta Cámara emita lo antes posible las normas que regulen el funcionamiento de los tribunales electorales de las entidades federativas, su forma de organización, así como el procedimiento para la imposición de sanciones, así como desahogar los procedimientos de remoción y sustitución.
En el expediente SUP-JDC-4370/2015, el caso de la magistrada Yolanda Pedroza Reyes, magistrada del Tribunal Electoral de San Luis Potosí, la Sala Superior determinó que fue víctima de violencia política por parte de sus pares magistrados, quienes le aseguraron sus oficinas y le impidieron el acceso a información y documentación necesaria para el adecuado ejercicio de su función.
Parte importante de esta resolución pone de manifiesto que “si bien existen una serie de disposiciones básicas tendientes a regular la actuación de los funcionarios judiciales; sin embargo, las mismas resultan insuficientes, pues no se establece con precisión cuál es el marco jurídico normativo que debe regir el funcionamiento de estos órganos, por lo que se hace necesario que las autoridades legislativas (en este caso el Senado de la República) emitan las normas orgánicas necesarias que regulen el funcionamiento de estos órganos, la forma de organización, su estructura y las relacionadas entre sus integrantes y los funcionarios del propio órgano jurisdiccional, así como el procedimiento para la imposición de sanciones, en caso de violaciones a la normativa electoral”.
En el Senado de la República se ha conocido de diversos casos que implican violencia política contra mujeres, uno de ellos y que ha generado gran preocupación es el caso de Claudia Carrillo Gazca, Consejera Electoral del Organismo Público Local Electoral en el Estado de Quintana Roo, quien ha denunciado en las instancias correspondientes actos de violencia política por parte del Víctor Venamir Vivas Vivas, Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de Quintana Roo y demás funcionarios del propio OPLE y del Poder Judicial del Estado
Se trata acusaciones graves que van desde amenazas a su persona, mensajes de texto anónimos y publicaciones que dañan su imagen, por parte de funcionarios de la entidad cuya finalidad consiste básicamente, en el impedimento y obstaculización para que se le impida el desarrollo de sus funciones y atribuciones y de las cuales este Senado de la República tiene conocimiento.
Por lo anterior, también solicité al titular de la Fiscalía Especializada para la atención de Delitos Electorales de la Procuraduría General de la República investigar, consignar y en su caso ejercitar la acción penal correspondiente para los casos de violencia política en contra de mujeres en las entidades federativas.
Asimismo, y con el propósito de revetir la alta incidencia de casos de violencia política contra mujeres, también hice un llamado a los Organismos Públicos Locales de las Entidades Federativas y a los Tribunales Electorales de las Entidades Federativas, para que, conforme a los estándares internacionales en la materia, establezcan e implementen protocolos para Atender la Violencia Política contra las mujeres, tomando en su caso como referente, el Protocolo para Atender la Violencia Política contra las mujeres implementado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Instituto Nacional Electoral, la Fiscalía Especializada en Atención de Delitos Electorales y el Instituto Nacional de las Mujeres.
Los estándares en relación con el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia son claros en establecer que las autoridades estatales –lo que incluye al Senado de la República- no sólo deben condenar toda forma de discriminación basada en el género, sino también, están obligadas a tomar medidas concretas para lograrlo, tales como consagrar la igualdad de género y de sexo en sus normas, y abolir todas aquellas leyes, costumbres y prácticas que redunden en acciones discriminatorias contra las mujeres.
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