Asimismo, en la resolución emitida por la PROFEPA se ordenó a Medam, S. de R.L. de C.V., dar destino final a la totalidad de los desechos peligrosos que se encuentran en su posesión a través de empresa debidamente autorizada para tal efecto.
Cabe recordar que la PROFEPA clausuró de manera total temporal a dicha empresa en octubre pasado por incumplir las medidas de urgente aplicación dictadas, derivadas de la inspección en la que se detectó incumplimiento a la normatividad ambiental y por el riesgo que dicho incumplimiento representaba al medio ambiente y la salud.
El indebido manejo detectado por parte de Medam, S. de R.L. consistió en el acopio y almacenamiento de RPBI por encima de la capacidad autorizada, el no presentar el registro como generador de los residuos peligrosos no anatómicos que genera por sus actividades; así como el omitir acreditar dejar irreconocibles los RPBI detectados, previo a su disposición final.
Asimismo, el haberse encontrado, tanto en la visita de inspección como en la visita de verificación RPBI al aire libre, sobre suelo compactado y en áreas de suelo natural; lo que representa un riesgo inminente y grave sobre el medio ambiente y la salud humana.
Por lo anterior, una vez transcurridos los términos de ley correspondientes, y debido al inminente riesgo que representa la omisión del adecuado manejo, tratamiento y destino final de los RPBI, se determinó imponer multa de $1,283,330, equivalente a 17,000 Unidades de Medida y Actualización (UMAs); así como la clausura total definitiva de las instalaciones de la empresa. Además se ordenó dar destino final a la totalidad de los RPBI que se encuentran actualmente en posesión de dicha empresa.
La multa impuesta se determinó con fundamento en el artículo 112 fracciones I y V de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en relación con el artículo 106 fracciones II y XIV de la misma Ley.
Comunicado firmado por PROFEPA
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