En atención a una denuncia ciudadana donde se alertaba sobre las altas emisiones que emanaban de la citada empresa, personal de la PROFEPA visitó las instalaciones y constató que el Horno de Fundición N° 3 excedía los límites máximos permitidos por la norma ambiental para partículas.
Además se encontró que la canalización del horno no cumple con la altura que establece la NMX-AA-009-1993-SCFI. También se constató que la empresa, dedicada a la fundición de hierro, no actualizó su Licencia Ambiental Única (LAU), la cual es expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
Tampoco presentó la Cedula de Operación Anual (COA) 2014, 2015 y 2016, ni realizó la evaluación de emisiones contaminantes a la atmosfera, como es su obligación.
Por lo anterior, de acuerdo a lo que dicta el artículo 170, fracción I, de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente se realizó la Clausura Total Temporal, la cual procede al presentarse algún riesgo inminente que puede causar un desequilibrio ecológico.
La empresa no podrá realizar ninguna actividad productiva hasta dar cumplimiento a las medidas ordenadas por la PROFEPA.
Comunicado firmado por PROFEPA
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