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Title: #RecomendaciónCNDH a @CNSeguridadmx por una persona liberada 5 meses y 10 días después de haber compurgado su sentencia en Gómez Palacio,
Author: Jose Luis Duarte
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Al acreditar que autoridades penitenciarias del Centro Federal de Readaptación Social (CEFERESO) de Gómez Palacio, Durango, retuvieron ilega...
Al acreditar que autoridades penitenciarias del Centro Federal de Readaptación Social (CEFERESO) de Gómez Palacio, Durango, retuvieron ilegalmente por cinco meses y diez días a una persona que compurgó la pena que le fue impuesta, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió la Recomendación 62/2017, dirigida al Comisionado Nacional de Seguridad.

La Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Coahuila remitió, por razones de competencia, a este Organismo Nacional el escrito de queja respectivo, observándose que se vulneraron los derechos humanos a la seguridad jurídica y a la libertad personal, de quien se encontraba privado de la libertad en el mencionado CEFERESO.

Las personas que cometieron conductas delictivas deben compurgar las penas impuestas por las autoridades jurisdiccionales en los términos que se especificaron en sus sentencias. Pero cuando se excede del tiempo previsto en las mismas, como fue en el presente caso, de cinco meses y diez días, se vulneran sus derechos humanos pues se le priva de su derecho a la libertad.

Para la CNDH, es inaceptable el argumento de las autoridades del penal federal de no liberarlo en la fecha que correspondía, ya que debía obtener el oficio de compurgamiento por parte del Juez Tercero del Ramo Penal, o bien de la Dirección General de Prevención y Reinserción Social, toda vez que existió evidente exceso en la ejecución de la libertad respectiva.

Por lo anterior, se emitió la Recomendación dentro de la cual se precisó la necesidad de tomar las medidas procedentes para que en términos de la Ley General de Víctimas se repare el daño ocasionado, así como colaborar con la CNDH en la queja y denuncia que por esos hechos se promuevan ante el Órgano Interno de Control y ante el Ministerio Público de la Federación respectivamente; girar oficios a la autoridad penitenciaria federal para que en un plazo no mayor a seis meses se apliquen las medidas pertinentes para vigilar los cómputos para el compurgamiento de las sanciones privativas de libertad y capacitar al personal del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, para que se trabaje con apego a la legalidad y respeto a los derechos humanos.

De igual forma se deberá instruir a los servidores públicos para que cuando trasladen internos a CEFERESOS se entregue inmediatamente su expediente completo, para contar con la situación jurídica actualizada, y se deberá anexar copia de la presente Recomendación a los expedientes personales de las autoridades involucradas, para que obre constancia de las violaciones a los derechos humanos.

La Recomendación 62/2017 ya fue debidamente notificada a su destinatario y puede ser consultada en la página www.cndh.org.mx.

Comunicado firmado por CNDH

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