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Title: @cofecemx investiga posibles barreras a la competencia y/o presencia de insumos esenciales en el sistema de pagos con tarjeta
Author: Jose Luis Duarte
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La Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) publicó  en su portal de internet y en el Dia...
La Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) publicó  en su portal de internet y en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el extracto del acuerdo de inicio de una investigación para determinar la posible existencia de barreras a la competencia, así como de posibles insumos esenciales en el mercado de sistema de pagos cuyo procesamiento involucre una cámara de compensación para pagos con tarjetas de crédito o de débito.

En el extracto del acuerdo de inicio de la indagatoria IEBC-005-2018 se precisa que se encontraron elementos que hacen suponer la falta de condiciones de competencia efectiva en dicho mercado, debido a la posible existencia de barreras a la competencia y/o insumos esenciales. De existir problemas de competencia económica en el mercado investigado, se estaría afectando la bancarización y la inclusión financiera, lo cual resta potencial crecimiento al país.

Este procedimiento indaga sobre el conjunto de tarifas, cuotas y protocolos que realizan las Cámaras de Compensación para procesar pagos con tarjeta para la compra de bienes o servicios. De acuerdo con datos del Banco de México, en 2017 el monto total de operaciones realizadas con tarjeta en comercios fue de 1.7 billones de pesos[1].

Se consideran barreras a la competencia cualquier característica estructural del mercado, así como cualquier hecho o acto de agentes económicos que tenga por objeto o efecto impedir el acceso de competidores, que limite su capacidad para competir o que distorsione el proceso de competencia. También las disposiciones jurídicas de cualquier orden de gobierno cuando indebidamente impidan o distorsionen dicho proceso.

Por otra parte, un insumo esencial es un elemento o conjunto de estos que resultan indispensables para la producción o prestación de bienes y servicios, y tienen la característica de ser insustituibles.

La Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) establece que concluidos los procedimientos previstos para este tipo de investigaciones y, si existen elementos para determinar la existencia de barreras a la competencia, el Pleno de la COFECE podrá, según sea el caso: i) ordenar al agente económico que corresponda la eliminación de las barreras que afecten indebidamente el proceso de competencia y libre concurrencia, y ii) emitir recomendaciones a las autoridades públicas cuando las disposiciones jurídicas impidan o distorsionen la competencia y libre concurrencia. En lo que a insumos esenciales se refiere, se podrán establecer lineamientos que regulen el acceso a estos.

La COFECE también podrá determinar la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones del agente económico involucrado, en las proporciones necesarias, para eliminar los efectos anticompetitivos, siempre y cuando otras medidas correctivas no sean suficientes para solucionar el problema de competencia identificado.

Para el desarrollo de esta indagatoria, la Autoridad Investigadora tiene un periodo de entre 30 y 120 días hábiles, contados a partir de la publicación del extracto, el cual puede ser ampliado hasta por dos ocasiones.

[1] Considera el monto de transacciones efectuadas a través de terminales punto de venta. Datos del Banco de México, disponibles en:
http://www.banxico.org.mx/SieInternet/consultarDirectorioInternetAction.do?sector=21&accion=consultarCuadro&idCuadro=CF268&locale=es

Comunicado firmado por COFECE

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