La Primera Sala resolvió que el principio rector de cualquier decisión de guarda y custodia de menores debe ser el interés superior del menor, por lo que los juzgadores deben realizar un análisis de razonabilidad libre de estereotipos de género que atienda a las circunstancias particulares del caso.
Con esta resolución, el Alto Tribunal se aparta de las justificaciones que presumen que la mujer goza de mayor aptitud para el cuidado familiar, convirtiéndose en un importante referente para el análisis de los criterios bajo los cuales los juzgadores federales resuelven controversias familiares de guarda y custodia.
Amparo directo en revisión 1958/2017. Ministra Norma Lucía Piña Hernández. Sesión 16 de agosto de 2017.
Comunicado de prensa firmado por SCJN
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