Personal del Departamento de Recursos Naturales de esa Procuraduría, en compañía de representantes del Gobierno de Nevo Léon, realizaron un recorrido por el ejido citado donde se percataron de la remoción de vegetación forestal sin el permiso correspondiente que otorga la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para autorizar cambio de uso de suelo.
No está de más recordar que actividades ilícitas como la descrita ponen en riesgo de deterioro o daño a los ecosistemas.
De hecho, la superficie afectada – sumó 420 mil 836 metros cuadrados— es hábitat natural del perrito de la pradera (Cynomis mexicanos), especie protegida por la Norma-059-SEMARNAT-2010.
Derivado de lo anterior, en el entendido que la remoción de vegetación nativa pone en riesgo inminente de desequilibrio ecológico y/o grave daño a los recursos naturales, es que se determinó la medida de seguridad.
Lo anterior, de conformidad y con fundamento en lo previsto por el artículo 170 fracción I de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y el artículo 47, penúltimo párrafo del Reglamento Interior de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, vigentes.
Boletín de prensa firmado por PROFEPA
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